SEVILLA ACTIVA SAU, Entidad Colaboradora,  tramitara las subvenciones para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía en coordinación con los municipios de la provincia de menos de 20.000 habitantes.

">
Saltar navegación (alt + s)

Actualidad

Finalizado el Plazo para tramitar las subvenciones para el alquiler de viviendas

Información Convocatoria 2019

 

Convocatoria ejercicio 2018/2019/2020 en la modalidad de concurrencia no competitiva, la línea de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

En fecha  30 de Abril y 15 de Mayo de 2020, se han publicado dos Resoluciones favorables de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla que vienen a conceder con carácter general la ayuda para el alquiler de vivienda habitual a las personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma de Andalucía,convocadas por la Orden de 30 de Octubre de 2018 incluyendo sus anexos el listado de beneficiarios del programa General Grupo 1, con ayudas de hasta el 40% del importe del alquiler, los complementos para mayores de 65 años correspondiente al 50%; o para personas en situación de vulnerabilidad, pudiendo llegar en este caso al 75%, así como las ayudas de hasta el 50% del programa Joven para menores de 35 años.

 

Estas ayudas de acuerdo con lo establecido en  el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, se conceden condicionadas al cumplimiento de los requisitos establecidos,por lo que las resoluciones no suponen el cumplimiento de requisitos, y quedan condicionadas a su posterior revisión una vez concluido el estado de alarma actual.

Si como consecuencia de la comprobación de los requisitos con posterioridad a la resolución de concesión de la ayuda y, en su caso, al pago total o parcial de la misma se detecte su incumplimiento, se resolverá la anulación o suspensión de la concesión de la ayuda desde la fecha en la que se hubiere producido el incumplimiento y solicitar, en su caso, el reintegro o devolución que procediere conforme a la normativa de aplicación

 

A continuación publicamos el listado de beneficiarios de ayudas incluidos en las Resoluciones de 30 de Abril y 15 de Mayo y a la espera de la publicación de las próximas resoluciones por parte de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en las que vendrán recogidos los beneficiarios de ayudas cuya presentación de solicitud en Delegación tuvo lugar con posterioridad al día 10 de Diciembre de 2018, así como el listado de beneficiarios que ya recibieron la ayuda correspondiente a la anualidad 2018/2019, mediante Resolución de 20 de Diciembre de 2019.

 

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/87/BOJA20-087-00027-4870-01_00172280.pdf

https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2020/96/BOJA20-096-00028-5178-01_00172579.pdf